Capítulo IV
1- Comparativa entre las definiciones “Legales” de la
auditoría de cuentas y la auditoria de sistema de información.
La auditoría de cuenta es un servicio que se presta a
la empresa revisada y que afecta e interesa no solo a la propia empresa, sino
también a terceros que mantengan relaciones de la misma, habida cuenta que
todos ellos, empresa y terceros, pueden conocer la calidad de la información económico-contable
por la cual versa la opinión emitida por el auditor de cuenta.
2- ¿Cuál es la naturaleza Jurídica del contracto de
auditoría?
La naturaleza jurídica del contrato de la auditoria es
la que apoya fundamentalmente en tres razones.
v
Lo establecido por el artículo 14.2 de la ley de
auditoría de cuenta que se refiere al contrato de la auditoria.
v
La ley de sociedad anónima que delibera mente excluye
del organismo esta materia del capítulo de órgano social.
v
Porque su calificación como órganos seria insertar al
auditor dentro de la estructura de la sociedad y considerarlo como parte de la
persona jurídica.
3- Las normas técnicas de auditoría.
Existen normas técnicas de carácter general, sobre la
cualificación del auditor, la cualidad de su trabajo en ejercicio de su
protección y aspecto de ética profesional. También se pueden encontrar las
normas técnicas sobre la ejecución del trabajo que determinan los
procedimientos a explicar por los auditores. Y finalmente esta la normas
técnicas sobre elaboración de informes, donde el auditor informático debe
exponer los objetivos de control no cubiertos adecuadamente así como las
recomendaciones a practicar.
4- Auditoría interna frente a Auditoria externo en sistema
de información.
En la auditoria de control interno el auditor debe de
tener la capacidad y los conocimientos técnicos para revisar y evaluar el
control interno del entorno en que se desarrollan y procesan los SI, capacidad
para revisar riesgo y controles, evaluar y recomendar los controles necesario
de los SI.
5- Las terceras personas o interesitos y la información
en el contracto de auditoría.
La información obtenida en el transcurso de sus
actividades no podras ser utilizada en si provecho.
6- Utilidad de los comités de auditoría.
El Comité de Auditoría tiene una utilidad y es que
debe reforzar y respaldar tanto la función de las contralorías internas
como su independencia de la administración, y servir a la vez de vínculo
y coordinador de las tareas entre la auditoría interna y los auditores
externos, ejerciendo también de nexo entre éstos y el Directorio de la
empresa.
7- Distintos objetivos en el contrato de auditoría
informática
Se entiende que los distintos objetos del contrato son
la definición y clasificación que hemos presentado.
El contrato del objeto de la auditoria
informática está ampliamente diversificado y se encuentra en un periodo de auge
inusitado que quiere de esfuerzo dogmático importantes para su estructuración.
8- La auditoría en la protección de datos de carácter
personal.
Este es el aspecto que más importancia tiene en
relación con la materia tratada.
9- La causa en el contrato de auditoría.
la causa dentro del contracto de la auditoria tiene
dos partes: de un lado, partiendo de la autonomía de la voluntad, principio
rector en materia de derecho contractual prescrito en el artículo 1255 del
actual código civil, puede ser solicitada a simple voluntad de la empresa
auditada y de otro lado como cumplimientos de las exigencia legal prevista en
la normativa de protección de datos de carácter personal y en concreto del
artículo 17 del reglamento de medida de seguridad.
10- Característica
del informe de auditoria.
El informe de auditoría es obligatorio para ciertas
entidades que cumplan unos determinados parámetro. Es un documento donde se
pone de manifiesto la opinión del auditor, respecto de la fiabilidad de la
información contable auditada. Cualquier tercero puede valorar dicha
información.
Tomar decisiones sobre la base de la misma con
autentico conocimiento de causa.
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